La famosa argentina Nacha Guevara recibirá un resarcimiento económico millonario, en calidad de indemnización por «exilio», a partir de una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos firmada por el ministro Martín Soria.
Esta decisión tiene como base una jugosa compensación económica por los 2.856 días que la actriz pasó en el exilio por recibir “amenazas de muerte” entre el 3 de enero de 1976 y el 28 de octubre de 1983.
La cuenta arranca desde principios de enero de 1976, antes de que llegara el Golpe de Estado.
Nacha Guevara y el testimonio de su exilio en los ‘70
“Me fui en 48 horas porque fue el tiempo que nos daban. Lo hice cuando con Héctor Alterio, Horacio Guaraní, Luis Brandoni, Norman Briski nos llegó una amenaza. Solo me podía quedar si dejaba de cantar ‘Yo te nombro libertad’ y ‘¿De qué se ríe señor Ministro?’. Me negué y sin pensarlo me fui, porque después iban a pedir que me bajara los calzones”, sostuvo en una entrevista que brindó en 2018, en el ciclo El Diario de Mariana (eltrece).
Y agregó: “Mis hijos eran chicos. Solo me llevé 350 dólares. Cuando subimos al avión nos enteramos que íbamos a bajar en Santiago de Chile, donde estaba Pinochet. Ahí vimos un diario que decía: ‘Huyen las ratas marxistas’. Nos agarró terror. y le dije al piloto que mi hijo estaba con diarrea para que no nos hiciera bajar. Después continuamos viaje a Lima, pero me di cuenta que ahí no podía hacer una carrera”.
La polémica en las redes sociales
Los primeros rumores de lo que finalmente se confirmó empezaron a correr a través de las redes sociales, específicamente en Twitter, en donde causó mucho revuelo y principalmente la indignación de miles de usuarios que emitieron comentarios de todo tipo.
Qué dice la resolución que favorece a Nacha Guevara
«Otórgase a Da. Clotilde ACOSTA [la identificación real de la actriz, quien es conocida por su nombre artístico] (D.N.I. N 3.944.825) el beneficio previsto por la Ley N 24.043 y sus modificatorias, reglamentada por el Decreto N 1023 del 24 de junio de 1992 y su modificatorio, correspondiente a DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (2856) días indemnizables, por el período comprendido entre el 3 de enero de 1976 y el 28 de octubre de 1983».