El gobierno extendió las restricciones hasta el 21 de mayo

 

Esta mañana y a través de un video previamente gravado, el presidente Alberto Fernández, anuncio la extensión de las restricciones vigentes hasta el 21 de mayo.

El anuncio se hizo en las horas previas al vencimiento del anterior de DNU. En las próximas horas se estaría firmando uno nuevo, con exactamente las mismas restricciones.

Estas medidas, se dividen en zonas de riesgo sanitario epidemiológico medio y en zonas de alto riesgo sanitario epidemiológico.

Zonas de riesgo sanitario epidemiológico medio:
  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
  • La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  • Permanecerán cerrados los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
  • Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
Zonas de alto riesgo sanitario epidemiológico:
  • Permanecerán cerrados los centros comerciales y shoppings.
  • Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. Se prohíben los deportes grupales.
  • Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles-
  • Permanecerán cerrados los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • El horario de cierre de la gastronomía será entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
  • Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • El transporte público podrá ser utilizado solo para esenciales y autorizados.

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